viernes, 26 de junio de 2009

MODIFICAN LEY UNIVERSITARIA

¿Y QUE HA CAMBIADO?

En medio de un contexto de satanización de la Universidad San Marcos mediante una campaña de desprestigio emprendida por la prensa burguesa nacional, el día 23 de Junio del presente han sido modificados 10 artículos de la actual Ley Universitaria (Ley Nº 23733). Destaca esta modificatoria porque presume haber transformado la elección de autoridades en las Universidades a las que se aplica, además de reducir la cantidad de miembros en los órganos colegiados de gobierno universitario, todo ello “para que se busque un mayor consenso y se reduzcan las pugnas”, a decir de Werner Cabrera, presidente de la Comisión de Educación del Congreso.

Desde luego, la afirmación por el voto universal en la elección de las autoridades universitarias no podía ser plena: el criterio de proporcionalidad se mantiene en UN TERCIO para el total de votos consignados al estamento estudiantil (pregrado y postgrado) según dicta el artículo 35 de la modificada Ley Universitaria, lo cual significa que la mentada universalidad no es otra cosa que la aceptación de una mayor participación en cantidad de los estudiantes en cuanto a la apariencia de elección, sin modificar un ápice la proporción del proceso directo de decisión, es decir, los estudiantes no eligen a su autoridad sino en la misma proporción que ya la elegían solo que sin “intermediarios” (los Tercios Estudiantiles).

Este nuevo mecanismo implementado, aunque con la intención – según sus autores – de acabar con los clientelismos y los operadores políticos, no hace sino velar la negativa de implementar a futuro una auténtica reforma en materia de toma de decisiones, elección y revocatoria de autoridades, haciendo creer a la masa de estudiantes que ha participado de un proceso “democrático” y en apariencia plural, cuando este no ha logrado sino encubrir con apariencias el sostenimiento de una misma situación que mantiene al estamento estudiantil al margen de un poder eleccionario real y directo, continuando con su papel de jugar siempre inconscientemente a favor de una u otra correlación docente que pugne por el poder.

Por su parte, la reducción de la cantidad de participantes en cada órgano: Asamblea (36) y Consejo Universitario (12) así como Consejo de Facultad (9), si bien cumple con reducir burocracia y agentes parásitos de la Universidad, deja la interrogante si ha correspondido a un serio análisis de las realidades de cada centro de estudios. El caso de San Marcos, por ejemplo, con 20 facultades, ¿cómo hará para que los estudiantes tengan por lo menos 1 representante que lleve su voz por facultad en el Consejo Universitario, ahora con 12 miembros en total? Y es que cada universidad tiene una realidad propia que la lleva a autogobernarse de manera que pueda adecuarse a ella y satisfacerla, algo que no ha sido valorado de la mejor forma por los creadores de estas modificatorias.

Mención aparte merece lo reafirmado en el Artículo 28 en donde se señala que “En ninguna circunstancia la proporción de los estudiantes puede sobrepasar a la tercera parte de los miembros presentes en ellos (refiriéndose a AU, CU y CF)”, que reafirma lo consignado desde 1983 por la Ley Alayza – Sanchez (vigente Ley Universitaria) en su artículo 40 referido a la aplicación del infame TERCIO MOVIL: en caso de que los docentes vean reducida su proporción en los órganos de decisión, los estudiantes tendrán que guardar la misma proporción siempre (1/3), validando la irresponsabilidad o la maña de algún sector de autoridades docentes.
Ante este panorama, no podemos sino rechazar rotundamente estas modificatorias en cuanto implican el sostenimiento de una misma política contraria al movimiento estudiantil. Para nosotros nada ha modificado sino que se tamiza un mismo método de decisión, como cada cierto tiempo, profundizando el carácter excluyente de la vigente Ley Universitaria respecto de la representación de los estudiantes.

Solo hemos de llamar VOTO UNIVERSAL a un proceso realmente democrático, en el que todos los estamentos de la Universidad (estudiantes, docentes y trabajadores) participen en igual condición, sin detrimentos basados en proporcionalidades que solo resguardan el poder y la autoridad en las mismas camarillas que han llevado a la Universidad Pública a la crisis y el caos en el que hoy se encuentra. Solo habrá PARTICIPACIÓN PLENA, cuando se respete a la representación estudiantil y sea modificado el Artículo 40 y el nuevo Artículo 28, eliminando el tercio móvil. Finalmente, solo habrá auténtico respeto por la AUTONOMIA UNIVERSITARIA cuando el Estado y los gobiernos no pretendan vanas modificatorias de Ley o intervenciones absurdas en los claustros en donde deben dimanar todas las corrientes de pensamiento, fortaleciendo la capacidad de teorizar sobre nuestros problemas y la concretización de sus soluciones mediante la investigación y la técnica.

Para ver las modificatorias:
http://www.hoy.com.pe/?p=1526